Falta menos de un año para que entre en vigor la Norma IMO 2020, la cual afecta a las navieras de todo el mundo. Por ello, muchas de las mismas han decidido posicionarse para adaptar sus buques antes de la fecha límite, el primer día de enero del próximo año. De esta manera, estarían totalmente adaptadas a la nueva normativa propuesta por la Organización Marítima Internacional (OIM).
¿Cómo adaptarse a la norma IMO 2020?
Lo primero que debe esclarecerse es que esta nueva normativa es una regulación aprobada por la OIM para hacer que los barcos que emplean fuel oil lo tengan que hacer con un contenido máximo de azufre del 0.5 % frente al 3.5 % actual. De este modo, se pretende que se reduzcan las emisiones de óxido de azufre, una sustancia que está contribuyendo a la contaminación ambiental y al deterioro y destrucción de la capa de ozono.
Para cumplir con esta norma se barajan tres posibles soluciones, aunque cada una tiene tanto ventajas como inconvenientes. La primera de ellas es usar un fuel oil con un contenido máximo de azufre del 0.5 % masa/masa, como hemos comentado antes.
La segunda sería usar unos métodos equivalentes autorizados, que serían unos combustibles con una mayor concentración de azufre pero combinados con sistemas de limpieza para que los gases no emitieran tanto contenido tóxico a la atmosfera; y la tercera son otros tipos de fuel con bajo contenido en azufre como el gas natural licuado (GNL) o los biofueles.
De esta manera, se puede ver que, a simple vista, la primera opción es la más económica y también la más sencilla de aplicar al no necesitar de una alteración de la infraestructura de los buques. No obstante, la disponibilidad de este fuel oil inferior al 0.5 % no es tan alta como otros combustibles, por lo que la oferta y la demanda podría llevar a un encarecimiento de este producto.
Por ello, las navieras no descartan optar por otras medidas que impliquen una inversión más elevada al comienzo, pero que sea algo seguro para que los buques puedan adaptarse y que a largo plazo pueda salir más rentable.
¿Cuál es el recargo aplicado a las navieras?
La inversión que se realice, ya sea en combustibles o en nuevas infraestructuras para la adaptación de los buques, debe quedar reflejada en los fletes, los cuales significan recargos por BAF (Bunker Adjustment Factor), EBS (Emergency Bunker Surcharge), BUC (Bunker Contribution) y BRC (Bunker Recovery Cost).
En definitiva, los buques deben buscar la mejor solución para sus intereses, así como optar por las mejores tasas. No obstantes, dichas tasas no están todavía del todo claras, pues las mismas quedarán establecidas dentro de unos meses en función de las demandas programadas en el mercado.
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